Medidas LGTBI – 10 de abril: ¡Última Oportunidad Vital para Cumplir!

abril 8, 2025

En octubre de 2024, el Gobierno español aprobó el Real Decreto 1026/2024, que establece medidas para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI en el ámbito laboral.

Según esta normativa, las empresas con más de 50 empleados deben incorporar estas medidas en sus normas internas antes del 10 de abril de 2025.

Planes LGTBI

Obligatoriedad de Planes LGTBI en Empresas

Las empresas con más de 50 empleados tienen hasta el 10 de abril de 2025 para incorporar medidas de igualdad para el colectivo LGTBI en sus normas internas.

Si el convenio colectivo de la empresa no ha incorporado estas medidas, deberán aplicar por defecto las medidas recogidas en los Anexos I y II de la normativa.

Esto significa que, independientemente de lo que esté estipulado en el convenio colectivo, las empresas están obligadas a seguir las directrices establecidas en la normativa para asegurar la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI. Las empresas que no cumplan con esta obligación podrían enfrentar sanciones.

Medidas a Implementar para Fomentar la Contratación y Desarrollo Profesional de Personas del Colectivo LGTBI

Sensibilización LGTBI+

Las empresas deben incluir en sus protocolos cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, así como medidas para fomentar la contratación y desarrollo profesional de personas del colectivo LGTBI.

Además, es obligatorio ofrecer formación a la plantilla sobre el uso de lenguaje inclusivo y respetuoso. El protocolo debe ser un documento aparte que identifique conceptos como delitos de odio y discriminación, y contener medidas específicas para cuando ocurren.

Anexo I: Medidas Planificadas para la igualdad LGTBI

Este anexo incluye medidas como la incorporación de cláusulas de igualdad de trato, políticas activas para la contratación de personas LGTBI, programas de desarrollo profesional, formación en lenguaje inclusivo, y la identificación de delitos de odio y discriminación.

Anexo II: Protocolo de Actuación Frente al Acoso y la Violencia hacia el colectivo LGTBI

Este anexo establece la estructura y contenido del protocolo que las empresas deben seguir ante situaciones de acoso por orientación e identidad sexual y expresión de género. Incluye la definición de acoso y violencia, procedimientos de denuncia, medidas de protección, formación y sensibilización, y mecanismos de seguimiento y evaluación.

Sanciones por Incumplimiento de los Planes LGTBI en las Empresas

El incumplimiento de estas disposiciones puede conllevar diversas sanciones, clasificadas como leves, graves y muy graves. Las sanciones pueden incluir multas económicas hasta 150,000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción.

En casos de infracciones muy graves, se pueden imponer sanciones adicionales como la denegación de subvenciones, prohibición de acceder a ayudas públicas, cierre del establecimiento o incluso cese de la actividad profesional.

Beneficios de Implementar las Medidas para Garantizar la Igualdad y No Discriminación de las Personas LGTBI en el Ámbito Laboral

Aunque no todas las empresas están obligadas a elaborar este protocolo, su implementación es recomendable ya que contribuye a la creación de entornos laborales más inclusivos, mejora la reputación corporativa y fomenta el bienestar y la productividad de los empleados.

Formación y Sensibilización LGTBI

Es esencial que las empresas ofrezcan formación continua a sus empleados sobre el uso de lenguaje inclusivo y respetuoso. Esta formación no solo ayuda a prevenir situaciones de discriminación, sino que también promueve un ambiente de trabajo más armonioso y colaborativo.

Desarrollo Profesional de las personas LGTBI

Las empresas deben establecer programas específicos para el desarrollo profesional de las personas LGTBI. Esto incluye oportunidades de mentoría, capacitación y promoción interna, asegurando que todos los empleados tengan las mismas oportunidades de crecimiento y desarrollo.

Monitoreo y Evaluación de los Planes LGTBI

Finalmente, es crucial que las empresas implementen mecanismos de monitoreo y evaluación para asegurar el cumplimiento de estas medidas. Esto puede incluir la creación de comités de igualdad, encuestas de clima laboral y auditorías internas.

Implementar estas medidas no solo es una obligación legal, sino también una oportunidad para construir un entorno laboral más justo y equitativo.

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