
Protocolo de Acoso Laboral y Registro Retributivo
Es una imposición para todas las empresas.
Protocolo de Acoso Laboral
El procolo de acoso laboral es una obligación de todas las empresas, independientemente del tamaño de su plantilla.
No solo debe haber medidas para prevenirlo, sino que también deben existir procedimientos de acoso laboral que los trabajadores y las empresas deben seguir.
Registro Retributivo
Documentación que debe recoger en detalle toda la información salarial de la empresa (salarios, complementos, etc) y que muestre de forma separada las retribuciones de hombres y mujeres de tu plantilla.
Todas las empresas deberán disponer de un registro retributivo conforme al RD 902/2020.
El objetivo es garantizar la transparencia en la asignación de salarios de manera fiel, desglosada y actualizada, independientemente de su tamaño.
¿Por qué contratarlo?
Evite riesgos con infracciones, despidos y cumpla con la obligación legal empresarial con procedimientos específicos para su prevención.
Evita Sanciones
Desde 626€ hasta 6.250€ por no tener el documento elaborado
Fomenta un buen clima laboral
Transparencia en las retribuciones.
Cumple con la normativa vigente
Real Decreto 902/2020.
Insprección de trabajo ya stá sancionado
No disponer de la documentación acarrea una sanción económica.

Cumple con las normas
El desconocimiento, no exime de cumplir con las obligaciones empresariales. Evite riesgos con infracciones, despidos y cumpla con la obligación legal empresarial con procedimientos específicos para su prevención.
FINALIZADO EL PROCESO

Les entregaremos el protocolo de acoso y registro retributivo y les guiaremos en los pasos siguientes que deberán realizar como la información a todas las personas trabajadoras de su empresa.

Les entregaremos el protocolo de acoso y registro retributivo y les guiaremos en los pasos siguientes que deberán realizar como la información a todas las personas trabajadoras de su empresa.

Les aconsejaremos sobre las medidas que periódicamente pueden realizar con el fin de promover organizaciones libres de acoso laboral, mobbing, etc y comprometidos con la prevención de la violencia laboral y la responsabilidad social corporativa.

Les aconsejaremos sobre las medidas que periódicamente pueden realizar con el fin de promover organizaciones libres de acoso laboral, mobbing, etc y comprometidos con la prevención de la violencia laboral y la responsabilidad social corporativa.

Asesoramiento legal para cumplir con lo requerido por Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como de las medidas que deba tomar para no ser sancionados.

Asesoramiento legal para cumplir con lo requerido por Inspección de Trabajo y Seguridad Social, así como de las medidas que deba tomar para no ser sancionados.
FAQs
Nuestros clientes suelen tener las mismas dudas, queremos resolver las más frecuentes.
¿Realmente es obligatorio para todas las empresas?
Efectivamente, salvo para aquellas empresas o autónomos que no dispongan de algún trabajador/a contratado.
¿Cuanto tiempo tardaría en disponer de la documentación?
Una vez nos remita la información necesaria, en una plazo de 10 días hábiles, le entregaríamos el Registro Retributivo y el Protocolo de Acoso especifico de su empresa.
No tengo tiempo, ¿ustedes se ocupan de todo?
Nuestros consultores le elaboraran ambos documentos, totalmente personalizados y terminados, de tal manera que no tenga que perder tiempo en rellenar formularios.
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Protocolo de Acoso Laboral y Registro Retributivo
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